El Gobierno de Abelardo de la Espriella radicó en la tarde de este jueves 29 de octubre de 2026, en la Secretaría General de la Cámara de Representantes, el proyecto de Ley de Rescate, con el que busca cerrar el hueco de las finanzas públicas mediante un recorte del gasto del Estado y un paquete de cambios tributarios. El texto lo llevaron el ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, y el vicepresidente José Manuel Restrepo, según informaron el Ministerio de Hacienda y El Heraldo. La República lo identifica como el proyecto 477 de 2026.
El presidente había anunciado la iniciativa en una alocución el domingo 25 de octubre (Presidencia). Según el Gobierno, la meta es un ajuste de unos $40 billones en 2027, equivalentes al 2,2% del PIB (producto interno bruto (el valor de todo lo que produce el país en un año)), y siete de cada diez pesos de ese esfuerzo saldrían de recortar el gasto del Estado (El Tiempo, La República).
Por qué llega ahora
El déficit fiscal (la diferencia cuando el Estado gasta más de lo que recibe en un año) es el punto de partida. De acuerdo con cifras del Gobierno recogidas por El Espectador, sin cambios el déficit de 2027 llegaría al 9,4% del PIB y la deuda neta (lo que debe el Gobierno menos sus activos financieros líquidos) al 66,2% del PIB; con la ley, el déficit bajaría al 7,2%.
El proyecto llega una semana después de que el Gobierno expidiera por decreto, el 22 de octubre, el Presupuesto General de la Nación (PGN) (el plan de ingresos y gastos del Gobierno central para un año) de 2027, por $634,95 billones, y de que ese mismo día recortara $13,8 billones del presupuesto de 2026 (El Espectador).
En las piezas oficiales divulgadas por el Gobierno, el ahorro por menor gasto se estima en $44,6 billones en 2027 y $76,1 billones en 2030, y la mejora fiscal total en $51 billones en 2027 y más de $122 billones en 2030 (La FM, El Espectador). Esas cifras no vienen acompañadas, por ahora, de una metodología detallada ni de un cálculo de recaudo por cada impuesto.
Qué propone, grupo por grupo
Toque cada título para desplegar el detalle.
Estado: menos contratos, menos nómina y facultades para fusionar entidades
Contratos de prestación de servicios. Los recursos para OPS (órdenes o contratos de prestación de servicios: personas que trabajan para el Estado por contrato, sin ser empleados de planta) se reducirían a la mitad en 2027; desde entonces solo podrían crecer con la inflación (El Tiempo, La FM, Blu Radio). El recorte es sobre el gasto total en esos contratos, no una regla para cada contrato individual.
Gasto de personal. Según el texto citado por El Tiempo y La FM, los gastos de personal del PGN «deberán decrecer en términos nominales en un 20%» en 2028, sin incluir a la Fuerza Pública. En 2029 y 2030 solo podrían crecer, como máximo, la inflación más 0,5 puntos porcentuales. La medida aplica sobre el total de la nómina, no sobre cada salario. «Nominal» significa en pesos corrientes, sin descontar la inflación.
Compras públicas. Entre 2027 y 2030 solo podrían aumentar al ritmo de la inflación (El Tiempo, El Espectador).
Transferencias. Se podrían restringir determinadas transferencias ordenadas por ley si no tienen concepto favorable del Confis (Consejo Superior de Política Fiscal, órgano del Gobierno que fija las metas de caja y gasto), respetando el gasto que exige la Constitución. El Gobierno anunció la revisión de más de 250 transferencias y 50 fondos (El Tiempo). La FM reporta que rubros como educación básica, agua potable, pensiones, universidades públicas y el cumplimiento de sentencias judiciales conservarían protecciones específicas.
Rediseño del Estado. El proyecto pide facultades extraordinarias (permiso temporal del Congreso para que el presidente expida decretos con fuerza de ley) por seis meses para «suprimir, fusionar y escindir ministerios y departamentos administrativos», además de superintendencias y agencias, entre otras entidades (El Tiempo, Blu Radio). La FM recoge que la propuesta contempla disminuir en 15% el tamaño del Estado.
Hogares: adiós al IVA del 5% y llega EfectIVA
Fin de la tarifa del 5%. Desde 2028 desaparecería la tarifa reducida del 5% del IVA (impuesto al valor agregado, el que se paga al comprar bienes y servicios; su tarifa general es 19%) y se modificarían las listas de bienes excluidos (no causan IVA) y exentos (se gravan al 0% y el vendedor puede pedir devolución del IVA que pagó en sus insumos) (El Tiempo). El ABC oficial del Gobierno señala que «la ley grava con IVA productos que hoy no lo pagan» (La FM). La lista definitiva de productos afectados y su nueva tarifa aún debe verificarse en el texto oficial: La FM advirtió que no pudo acreditar en el articulado la tarifa de productos específicos mencionados en declaraciones.
Lo que seguiría sin IVA. Alimentos esenciales listados expresamente (como arroz, papa, huevos, algunas carnes, leche y pan), medicamentos, servicios de salud, educación, arriendo de vivienda, determinados servicios públicos y transporte público; el ACPM conserva exclusiones específicas (El Tiempo, La FM).
EfectIVA, la devolución. Como compensación, el proyecto crea EfectIVA, un sistema de devolución del IVA a hogares de menores ingresos, desde el 1 de enero de 2028 y con un giro anticipado a más tardar el 20 de diciembre de 2027 (El Tiempo, El Espectador). Devolvería el 100% del IVA a personas en pobreza extrema, pobreza y el tramo de menores ingresos de la población vulnerable, y el 50%, 40% o 30% a los demás tramos de vulnerables, con un tope de 5,5 UVT (unidad de valor tributario, una medida que fija cada año la autoridad tributaria para expresar montos de impuestos; su valor en pesos cambia anualmente) al mes por persona.
Cómo se pagaría. Quienes tengan una cuenta o depósito recibirían abonos «por periodos de hasta quince días»; quienes no, giros en efectivo mensuales o bimestrales (El Tiempo). La devolución se calcula sobre compras soportadas con factura electrónica.
Cuánto y a cuántos. Según el ABC oficial citado por La FM, el beneficio promedio sería de $213.000 mensuales por hogar, con un máximo de $288.000, para hogares con ingresos de hasta $3,4 millones. En otra comunicación, el Ministerio de Hacienda citó un promedio de $231.000. El Gobierno calcula que 19 millones de personas tendrían devolución total y unos 16,3 a 16,5 millones, parcial.
Clase media y personas naturales: renta y aporte a salud
Impuesto de renta. Se crearía un primer tramo con tarifa del 9% sobre la parte de la base gravable (el ingreso sobre el que se calcula el impuesto, después de restar lo que la ley permite) que supere 720 UVT al año (El Tiempo). Se limitarían beneficios laborales y deducciones, y se eliminaría la deducción adicional por dependientes. El tope exacto de la nueva renta exenta laboral no ha sido precisado en las fuentes consultadas.
El 39% no es sobre todo el ingreso. La tarifa más alta, del 39%, es marginal (se aplica solo al excedente que supere un umbral, no al total): se cobra sobre lo que exceda 8.670 UVT, «sumado al impuesto de los rangos anteriores», según El Tiempo.
Aporte a salud del trabajador. Desde 2027 la cotización del asalariado sería de 4% hasta 2 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes), 5,5% entre 2 y 4 salarios mínimos, y subiría por escalones hasta 8% en los ingresos más altos (El Tiempo). La FM lo describe como un cambio para quienes ganan más de $3,5 millones. Para los trabajadores independientes, la cotización pasaría de 12,5% a 15,5%.
Empresas: menos renta, más aportes y el nuevo RUGE
Renta de sociedades. La tarifa general bajaría de 35% a 33% en 2027 y a 31% desde 2028 (El Tiempo, La FM).
Aportes por empleados. El proyecto conservaría la exoneración de aportes a salud y parafiscales (contribuciones sobre la nómina que financian entidades como el SENA y el ICBF) solo por trabajadores que ganen hasta 2 salarios mínimos; entre 2 y 3, la empresa pagaría aportes parciales, y por encima de 3 no habría exoneración (El Tiempo). Hay excepciones para personas naturales empleadoras. La FM indica que la tarifa máxima para las compañías en salud sería del 8,5%.
Sector financiero. La sobretasa (puntos adicionales de renta que pagan ciertos sectores) de 5 puntos para entidades financieras se prorrogaría hasta 2030 (El Tiempo).
Plásticos. Se eliminaría el impuesto a los plásticos de un solo uso (El Tiempo).
RUGE. Nace un régimen para grandes inversiones nuevas con 16 años de estabilidad tributaria, depreciación acelerada (permite descontar más rápido el desgaste de maquinaria y equipos, lo que reduce el impuesto en los primeros años), beneficios en dividendos y exención del impuesto al patrimonio. La tarifa de renta sería de 20% para proyectos que inicien en 2027 o 2028 y de 26% desde 2029. Exige compromisos de inversión y de compras nacionales (El Tiempo, La FM, Blu Radio).
Consumos: licores, cerveza, cigarrillos, bebidas y compras en línea
Licores. El IVA pasaría de 5% a 19%; ese recaudo estaría cedido a los departamentos para salud (El Tiempo, El Nuevo Siglo).
Cerveza. Cambia a un esquema mixto: un componente específico (monto fijo en pesos por unidad) de $330 por cada grado de alcohol en una presentación de 330 mililitros, más un componente ad valorem (porcentaje sobre el precio) del 10% (La FM, El Nuevo Siglo).
Cigarrillos y vapeo. El componente específico sería de $7.823 por cajetilla de 20 unidades en 2027 y de $11.200 desde 2028. Los líquidos de vapeo pagarían $1.000 por mililitro en 2027 y $2.000 desde 2028, además de componentes porcentuales (La FM, El Nuevo Siglo). Estos montos son el impuesto, no el precio final al público.
Bebidas. Desde 2028 habría un impuesto a bebidas ultraprocesadas con azúcar añadido o edulcorantes, de $45 o $76 por cada 100 mililitros según el caso (Semana).
Compras y apuestas en línea. Las compras en plataformas internacionales pagarían IVA sin importar el monto, incluidas las de menos de 200 dólares, que hoy no lo pagan; también se aplicaría IVA a los juegos de azar en línea (La FM, El Nuevo Siglo).
Patrimonio y quiénes ponen el 30%
El impuesto al patrimonio (se cobra sobre el valor de los bienes de una persona, menos sus deudas, por encima de un umbral) empezaría a cobrarse desde 95.500 UVT, frente a 72.000 UVT hoy, con tarifas de 0%, 0,5% y 1%, y quedaría limitado a los años 2027 a 2030 (El Tiempo, La FM).
Según el vicepresidente Restrepo, el 30% del ajuste «lo ponen quienes más tienen». El Gobierno sostiene que la mayor parte de ese componente tributario recaería en el 10% de mayores ingresos, aunque la proporción ha variado entre comunicaciones oficiales (94% según El Heraldo; 97% según El Tiempo).
Regla fiscal: nuevos frenos al gasto y a la deuda
La regla fiscal (norma que limita cuánto puede endeudarse y gastar el Gobierno para que la deuda sea sostenible) tendría cambios (La República):
- Cada Gobierno fijaría metas mínimas vinculantes de balance primario neto estructural (ingresos menos gastos, sin contar intereses de la deuda y descontando efectos del ciclo económico y de rentas extraordinarias), por decreto, antes del 15 de diciembre de su primer año. El actual tendría plazo hasta el 31 de marzo de 2027.
- Se crearía una cuenta de control que registra las desviaciones frente a la meta y obliga a corregirlas (Blu Radio, El Tiempo).
- Desde una deuda neta del 63% del PIB habría límites al crecimiento del gasto, con recortes si el presupuesto los supera (El Tiempo).
- Se mantendrían el límite de deuda del 71% del PIB y el ancla de 55%; por encima del 71%, el Gobierno debería presentar medidas de ajuste estructural (La República).
Qué cambia para ti
Resumen de lo que propone el proyecto según el perfil del lector. Todo está sujeto a cambios en el Congreso.
| Si eres… | Qué propone el proyecto | Desde |
|---|---|---|
| Hogar de bajos ingresos | Devolución de 100% del IVA (o 50%, 40% o 30%, según el tramo), con tope de 5,5 UVT al mes por persona, si compra con factura electrónica. | Giro anticipado dic. 2027; desde 2028 |
| Cualquier consumidor | Desaparece el IVA del 5%; algunos productos que hoy no pagan IVA lo pagarían. Siguen sin IVA alimentos esenciales listados, salud, educación, arriendo y transporte público. | 2028 |
| Asalariado que gana más de 2 salarios mínimos | Aporte a salud sube de 4% a 5,5% (entre 2 y 4 mínimos) y por escalones hasta 8%. | 2027 |
| Trabajador independiente | Cotización a salud de 12,5% a 15,5%. | Según texto final |
| Declarante de renta | Nuevo primer tramo de 9% desde 720 UVT de base gravable; se elimina la deducción adicional por dependientes; se limitan beneficios laborales. | Según texto final |
| Patrimonio alto | Impuesto desde 95.500 UVT (hoy 72.000), tarifas de 0%, 0,5% y 1%. | 2027 a 2030 |
| Comprador en Temu, Shein u otras plataformas | IVA aun en compras de menos de 200 dólares. | Según texto final |
| Consumidor de licor, cerveza, cigarrillo o vapeo | IVA de licores a 19%; nuevo esquema para cerveza; más impuesto por cajetilla y por mililitro de vapeo. | Cigarrillo y vapeo: 2027 y 2028; resto: según texto final |
| Consumidor de bebidas azucaradas o con edulcorantes | Impuesto de $45 o $76 por cada 100 ml. | 2028 |
| Empresa o empleador | Renta 33% (2027) y 31% (2028); aportes parciales por empleados entre 2 y 3 mínimos y plenos por encima de 3. | Renta: 2027–2028; aportes: según texto final |
| Contratista o servidor del Estado | Presupuesto de contratos OPS a la mitad; gasto total de personal −20% nominal (sin Fuerza Pública). | OPS 2027; nómina 2028 |
| Gran inversionista | RUGE: renta de 20% (26% desde 2029) y 16 años de estabilidad, con compromisos de inversión. | 2027 en adelante |
Los argumentos a favor y en contra
El Gobierno sostiene que el ajuste recae principalmente en el propio Estado. «Siete de cada diez pesos» saldrían del recorte de gasto, y el 30% restante «lo ponen quienes más tienen», según el vicepresidente Restrepo (El Heraldo, El Tiempo). Presenta EfectIVA como el mecanismo para compensar a los hogares de menores ingresos por los cambios en el IVA.
El presidente del Senado, Honorio Henríquez, garantizó un «debate amplio, plural y con plenas garantías» y consideró necesario reducir el tamaño del Estado, aunque advirtió que el ajuste no debería traducirse en más impuestos (publicación en X).
Desde la oposición, el representante Heiner Gaitán (Pacto Histórico) calificó la iniciativa como «recortes para el pueblo, protección a los grandes patrimonios y privatización» (publicación en X). En redes sociales también circularon críticas según las cuales el peso del ajuste recaería en la clase media formal, y comparaciones con la reforma tributaria del gobierno anterior que el Congreso negó.
Entre los analistas, el exministro de Hacienda Juan Camilo Restrepo describió el proyecto como un «hueso duro de roer» y, en una primera impresión, un ajuste «profundo y radical» (publicación en X). El centro de estudios Anif había pedido antes de la radicación que la ley apuntara más al recorte del gasto (La República), y AmCham Colombia, por medio de su presidenta, María Claudia Lacouture, pidió una senda anual de ajuste cuantificada y verificable (El Nuevo Siglo).
Al cierre de esta nota no se conocían pronunciamientos formales de gremios como la ANDI o Fenalco sobre el texto radicado.
La línea de tiempo: del Congreso a 2030
- 22 oct. 2026Presupuesto 2027 expedido por decreto ($634,95 billones) y recorte de $13,8 billones al de 2026.
- 25 oct. 2026El presidente anuncia la Ley de Rescate en alocución.
- 29 oct. 2026Radicación en la Cámara de Representantes (proyecto 477).
- Hasta el 16 dic. 2026Fin de las sesiones ordinarias. El Gobierno aspira a la aprobación antes de cerrar el año, tras el paso por las comisiones económicas (terceras y cuartas) y las plenarias.
- 2027Contratos OPS a la mitad; compras públicas atadas a la inflación (hasta 2030); renta de empresas al 33%; nuevo esquema de aportes a salud; impuesto al patrimonio desde 95.500 UVT; RUGE al 20% para proyectos que arranquen en 2027–2028; cajetilla con $7.823 de componente específico; vapeo a $1.000/ml.
- 31 mar. 2027Plazo para que el Gobierno fije por decreto sus metas de balance primario.
- 20 dic. 2027Giro anticipado de EfectIVA, a más tardar.
- 2028Arranca EfectIVA (1 de enero); desaparece el IVA del 5%; gasto de personal −20% nominal; renta de empresas al 31%; cajetilla con $11.200; vapeo a $2.000/ml; impuesto a bebidas azucaradas o con edulcorantes.
- 2029RUGE al 26% para proyectos nuevos; la nómina solo puede crecer hasta la inflación más 0,5 puntos (también en 2030).
- 2030Último año del impuesto al patrimonio y de la sobretasa al sector financiero. El Gobierno proyecta un ahorro en gasto de $76,1 billones ese año.
Glosario rápido
Abrir el glosario (20 términos)
- PIB
- Producto interno bruto: el valor de todo lo que produce el país en un año. Se usa para medir el tamaño del déficit y de la deuda.
- Déficit fiscal
- Lo que falta cuando el Estado gasta más de lo que recibe en un año.
- Deuda neta
- Lo que debe el Gobierno menos sus activos financieros líquidos.
- Regla fiscal
- Norma que pone límites al déficit y a la deuda para que sean sostenibles.
- Balance primario estructural
- Ingresos menos gastos sin contar intereses de la deuda, corregido por el ciclo económico y rentas extraordinarias.
- PGN
- Presupuesto General de la Nación: el plan anual de ingresos y gastos del Gobierno central.
- Confis
- Consejo Superior de Política Fiscal, que fija metas de caja y de gasto del Gobierno.
- UVT
- Unidad de valor tributario. Medida que se actualiza cada año y con la que la ley expresa montos de impuestos. Su valor en pesos cambia cada año.
- SMMLV
- Salario mínimo mensual legal vigente.
- OPS
- Contratos de prestación de servicios: personas que trabajan para el Estado por contrato, sin ser de planta.
- IVA
- Impuesto al valor agregado. Se paga al comprar bienes y servicios; la tarifa general es 19%.
- Excluido / exento
- Excluido: no causa IVA. Exento: se grava al 0% y el productor puede pedir devolución del IVA de sus insumos.
- EfectIVA
- Sistema propuesto para devolver el IVA a hogares de menores ingresos.
- Base gravable
- Monto sobre el cual se calcula un impuesto, después de las restas que permite la ley.
- Tarifa marginal
- Tarifa que se aplica solo a la parte del ingreso que supera un umbral.
- Parafiscales
- Contribuciones sobre la nómina que financian entidades como el SENA y el ICBF.
- Sobretasa
- Puntos adicionales de impuesto de renta para ciertos sectores.
- RUGE
- Régimen tributario propuesto para grandes inversiones nuevas, con tarifa reducida y estabilidad por 16 años.
- Componente específico / ad valorem
- Monto fijo en pesos por unidad / porcentaje sobre el precio.
- Facultades extraordinarias
- Autorización temporal del Congreso al presidente para expedir decretos con fuerza de ley.
Qué sigue
El proyecto inicia su trámite en las comisiones económicas del Congreso y luego debe pasar a las plenarias. Durante el debate, los congresistas pueden cambiar tarifas, umbrales, fechas y el alcance de las facultades extraordinarias. Está pendiente la publicación del texto oficial completo y de la exposición de motivos con el recaudo estimado por cada medida, lo que permitirá medir con precisión el impacto de cada cambio. El texto radicado tiene algo más de un centenar de artículos: 105 o 106, según el medio (El Espectador, Semana).
Fuentes
- El Tiempo: Ley de Rescate, quién pagaría más y quién recibiría alivios
- El Tiempo: minuto a minuto de la radicación
- La FM: impuestos, IVA y recortes de la Ley de Rescate
- La República: los cinco puntos clave de la Ley de Rescate
- La República: cambios a la regla fiscal
- El Nuevo Siglo: impuestos a licores y compras por Temu
- El Nuevo Siglo: AmCham sobre la Ley de Rescate
- El Espectador: qué propone el Gobierno
- El Heraldo: radicación en la Cámara
- Blu Radio: radicación del proyecto
- Semana: recorte de gasto y paquete de impuestos
- Presidencia de la República: anuncio de la Ley de Rescate
- Ministerio de Hacienda en X: radicación
- Ministerio de Hacienda en X: ABC del proyecto
