Mucho antes de que la Corte Suprema declarara inconstitucional la segregación escolar en Brown v. Board of Education (1954), una familia de agricultores del sur de California llevó a los tribunales federales la separación de los niños de origen mexicano en escuelas aparte. El caso, conocido como Mendez v. Westminster, terminó en 1947 con una victoria de las familias. Hoy se enseña en las escuelas, tiene un sello postal y da nombre a centros educativos. Pero su alcance real es más estrecho, y más interesante, de lo que suele contarse.
Contexto: las «escuelas mexicanas» del condado de Orange
En la California de los años treinta y cuarenta, la ley estatal permitía separar en escuelas aparte a niños indígenas en ciertos casos y a niños de ascendencia china, japonesa o «mongólica». La ley no decía nada de los niños de origen mexicano. Aun así, varios distritos escolares del condado de Orange los enviaban a escuelas separadas, a menudo con el argumento de que necesitaban aprender inglés antes de incorporarse a las aulas ordinarias.
En la práctica, la asignación no dependía de que el niño hablara o no inglés. Dependía del apellido, del aspecto o del barrio. Así lo constató después el juez de primera instancia, que concluyó que la separación se hacía de forma general y sin examinar de verdad la capacidad lingüística de cada alumno.
La familia Méndez y la escuela de Westminster
Gonzalo Méndez, nacido en México y nacionalizado estadounidense, y Felícitas Méndez, nacida en Puerto Rico, arrendaron a principios de los años cuarenta una granja en Westminster. En 1944, según el relato más difundido, la tía de los niños, Soledad Vidaurri, fue a matricular a sus propios hijos y a sus sobrinos Sylvia, Gonzalo y Gerónimo en la escuela local. A sus hijos, de piel más clara y apellido de origen vasco, los aceptaron. A los Méndez les indicaron que debían ir a la escuela destinada a los niños mexicanos.
Gonzalo Méndez intentó primero resolverlo con el distrito escolar y movilizó a otros padres. Al no conseguirlo, contrató al abogado de derechos civiles David Marcus, de Los Ángeles, que ya había litigado contra la segregación en piscinas públicas. Marcus convirtió la demanda en una acción colectiva.
La demanda de 1945
Cinco padres figuraron como demandantes: Gonzalo Méndez, Thomas Estrada, William Guzmán, Frank Palomino y Lorenzo Ramírez. Actuaban en nombre de sus hijos y de miles de niños «de ascendencia mexicana y latina» de cuatro distritos: Westminster, Garden Grove, Santa Ana y El Modena. La demanda sostenía que la separación violaba la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, que garantiza el debido proceso y la igual protección de las leyes.
Los distritos alegaron que los tribunales federales no tenían competencia, porque la educación era un asunto del estado, y que la separación respondía a razones pedagógicas, no raciales.
El juicio, celebrado en Los Ángeles ante el juez federal Paul J. McCormick, incluyó algo poco habitual en la época: testimonios de expertos en educación y ciencias sociales sobre el efecto de la segregación en los niños. Entre ellos estuvo el pedagogo George I. Sánchez, de la Universidad de Texas.
La sentencia de McCormick (18 de febrero de 1946)
El juez McCormick falló a favor de las familias. En su sentencia, publicada como Mendez v. Westminster School District, 64 F. Supp. 544, escribió una frase que hoy se cita a menudo: la igual protección de las leyes en el sistema escolar de California «no se proporciona» ofreciendo en escuelas separadas las mismas instalaciones, libros y cursos a los niños de ascendencia mexicana. «Un requisito primordial en el sistema estadounidense de educación pública es la igualdad social», añadió.
El juez también rechazó el argumento lingüístico: la separación, a su juicio, retrasaba precisamente el aprendizaje del inglés, porque privaba a esos niños del contacto con compañeros angloparlantes.
La apelación (14 de abril de 1947)
Los distritos recurrieron al Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, en San Francisco. Mientras el recurso estaba pendiente, varias organizaciones presentaron escritos como amicus curiae (amigos del tribunal) en apoyo de las familias. Entre ellas estaban la NAACP, con un escrito firmado por Thurgood Marshall y Robert L. Carter, la Liga de Ciudadanos Japoneses Americanos (JACL), la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) y el Congreso Judío Americano.
El 14 de abril de 1947, el tribunal de apelaciones, en pleno, confirmó la sentencia. Pero lo hizo con un razonamiento más limitado que el del juez McCormick. La opinión mayoritaria, redactada por el juez Albert Lee Stephens, destacó que la ley de California solo autorizaba la separación de niños indígenas y de ciertos grupos asiáticos, y que no contemplaba en absoluto la de niños de origen mexicano. Por tanto, los distritos habían actuado «sin autoridad de la ley de California». Al imponer esa separación contra la voluntad de las familias y contra la ley estatal, concluyó el tribunal, los distritos habían violado la Decimocuarta Enmienda, tanto la cláusula de debido proceso como la de igual protección.
El tribunal evitó expresamente pronunciarse sobre si un estado podía, mediante una ley, segregar por raza. Es decir, no cuestionó la doctrina de «separados pero iguales» establecida por la Corte Suprema en Plessy v. Ferguson (1896). Los distritos no llevaron el caso a la Corte Suprema.
Lo que pasó después en California
En 1947, la Legislatura de California aprobó la llamada ley Anderson, que derogó los artículos del Código de Educación que permitían separar a los niños indígenas y asiáticos. La propia sentencia del Noveno Circuito recoge que esos artículos quedaron derogados a partir de los 90 días siguientes al 14 de junio de 1947. La firmó el gobernador Earl Warren, el mismo que siete años después, como presidente de la Corte Suprema, redactaría la sentencia de Brown.
La relación entre Mendez y esa ley es objeto de debate. El poder judicial federal, en sus materiales educativos, presenta la ley como una consecuencia del caso. Otros historiadores subrayan que el proyecto ya avanzaba en la Legislatura antes de la sentencia de apelación y que su texto no menciona el caso. Lo que sí está documentado es la coincidencia en el tiempo y el contexto de presión contra la segregación.
Los efectos educativos también se han estudiado. Un trabajo de las economistas Francisca Antman y Kalena Cortes, publicado por la Oficina Nacional de Investigación Económica de Estados Unidos (NBER), estima que las generaciones de niños de origen mexicano que se escolarizaron plenamente después del caso alcanzaron casi un año más de escolaridad que las anteriores.
Sylvia Méndez y la memoria del caso
Sylvia Méndez tenía unos ocho años cuando su familia demandó. De adulta se hizo enfermera y llegó a ser subdirectora de enfermería en el pabellón pediátrico del centro médico de la Universidad del Sur de California en Los Ángeles. Tras jubilarse se dedicó a dar charlas sobre el caso. En 2007, el Servicio Postal de Estados Unidos emitió un sello conmemorativo, y en 2011 el presidente Barack Obama le entregó la Medalla Presidencial de la Libertad. En 2009, el distrito escolar de Los Ángeles inauguró un centro de secundaria con el nombre de Felícitas y Gonzalo Méndez.
Mito y realidad
Mito: «Mendez v. Westminster acabó con la segregación escolar en Estados Unidos». Realidad: fue un caso de tribunales federales inferiores, con efectos sobre cuatro distritos del condado de Orange. No llegó a la Corte Suprema ni anuló ninguna ley de segregación de otros estados. Eso ocurrió en 1954 con Brown.
Mito: «El tribunal declaró que separar por raza era inconstitucional». Realidad: el Noveno Circuito evitó esa cuestión. Su argumento central fue que la ley de California no autorizaba separar a los niños de origen mexicano. Según la propia sentencia de apelación, las partes estipularon que el caso no planteaba una cuestión de segregación racial, algo que los escritos de amicus no compartían.
Mito: «Thurgood Marshall fue el abogado de la familia Méndez». Realidad: el abogado de las familias fue David Marcus. Marshall, junto con Robert L. Carter, firmó el escrito de la NAACP como amigo del tribunal en la fase de apelación. Algunos materiales divulgativos, incluidos los del propio poder judicial federal, simplifican esta participación.
Mito: «Mendez fue el modelo directo de Brown». Realidad: hay dos lecturas. Los tribunales federales y muchos divulgadores lo presentan como un precedente que preparó el terreno, porque Marshall ensayó en él argumentos sobre el daño psicológico de la segregación que luego usó ante la Corte Suprema. Otros historiadores recuerdan que Brown no cita Mendez y que el razonamiento del Noveno Circuito, al apoyarse en la falta de una ley estatal, era muy distinto del que necesitaba la NAACP para atacar la segregación que sí estaba prevista por ley en el sur.
Por qué sigue importando
Mendez v. Westminster es una de las primeras victorias judiciales de la comunidad de origen mexicano contra la discriminación escolar en Estados Unidos. Mostró también la utilidad de la prueba de expertos en ciencias sociales en litigios de derechos civiles. Y forma parte de una línea de casos sobre el acceso de los niños hispanos a la escuela pública que llega hasta Plyler v. Doe (1982), la sentencia que garantiza la educación primaria y secundaria gratuita a los niños indocumentados.
Fuentes
- Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. Westminster School Dist. of Orange County v. Mendez, 161 F.2d 774 (1947) (PDF).
- Poder judicial federal de Estados Unidos. Background: Mendez v. Westminster Re-Enactment.
- Francisca M. Antman y Kalena E. Cortes. The Long-Run Impacts of Mexican-American School Desegregation. NBER Working Paper 29200.
- National Archives. Brown v. Board of Education (1954).
- Cornell Law School, Legal Information Institute. Brown v. Board of Education, 347 U.S. 483 (1954).
Preguntas frecuentes
¿Qué fue el caso Mendez v. Westminster?
Una demanda colectiva presentada en 1945 por cinco padres de origen mexicano contra cuatro distritos escolares del condado de Orange (California) que separaban a sus hijos en escuelas aparte. Las familias ganaron en 1946 y en apelación en 1947.
¿Quién era Sylvia Méndez?
La hija de Gonzalo y Felícitas Méndez, a la que se negó la matrícula en la escuela de Westminster. De adulta fue enfermera y en 2011 recibió la Medalla Presidencial de la Libertad.
¿Qué decidió el Noveno Circuito en 1947?
Confirmó la sentencia porque la ley de California no autorizaba separar a los niños de origen mexicano, de modo que los distritos violaron la Decimocuarta Enmienda. No se pronunció sobre la doctrina de «separados pero iguales».
¿Llegó el caso a la Corte Suprema?
No. Los distritos no recurrieron la sentencia del tribunal de apelaciones.
¿Qué relación tiene con Brown v. Board of Education?
Thurgood Marshall participó como amigo del tribunal en la apelación y Earl Warren era gobernador de California entonces. Muchos lo consideran un antecedente de Brown, aunque Brown no lo cita y su razonamiento jurídico fue distinto.
